457. En la ordenación abad

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En la ordenación abad siempre ha de seguirse como norma que sea instituido aquel que toda la comunidad unánimemente elija, inspirada por el temor de Dios o bien una parte de la comunidad aunque pequeña, pero con un criterio más recto. 64,1.

La elección de un abad es un acontecimiento importante en la vida de un monasterio. En la actualidad las normas son claras y precisas, pero no se puede improvisar una buena elección. Para afrontar este momento importante en su historia, la comunidad necesita una madurez humana y una profundización espiritual.
Sobre el abad y sus colaboradores inmediatos pesa una grave responsabilidad de cara al futuro. La de promover en la comunidad un clima de fe profunda y de responsabilidad de modo que puedan crecer en ella verdaderos hombres de Dios, humanamente maduros, con experiencia de los caminos de Dios y de los hombres. Así cuando llegue la hora de una elección, la comunidad podrá elegir al abad entre ellos
S. Benito nada determina en el cap. 2 acerca de la instalación del abad. Esto lo aborda en este capítulo 64.
Hay que tener en cuenta que el título de este capítulo solamente corresponde a los 6 primeros párrafos. La segunda parte, casi tres veces más larga 7-22, contiene un segundo directorio abacial, comparable al primero aunque características bastantes diversas, como ya veremos.
No resulta fácil interpretar varios términos importantes de este capítulo. La RB no explica el sentido de las palabras: eligere, constituere y ordinare. Es decir las palabras claves de este capítulo. Tampoco determina ni aclara como se ha de realizar lo que ellas significan. Poco a poco se ha intentado hacer luz.
S. Benito no quiso imponer una regla fija y precisa en este asunto y dejó indeterminado el modo de la elección. Lo único que le importaba era que se nombrase una persona digna del cargo.
 Hoy más bien todos opinan que cuando un legislador monástico no es bastante claro y explícito sobre un punto determinado o lo pasa enteramente por alto, es porque juzga que ese punto era bien conocido por sus contemporáneos, era la práctica establecida.
La manera de instalar a un nuevo abad, tema que tanto ha preocupado a los comentaristas de la RB, constituye uno de estos casos.
En el siglo VI. el modo de elección por vía de autoridad era diversos. Se puede señalar por lo menos seis. El nuevo abad podía ser designado por su predecesor como en la RM. Por los abades de la región, por el obispo competente, por el metropolitano o patriarca, por el «possessionis dóminus» y a veces por una minoría especialmente cualificada.
La elección por mayoría de votos  de toda la comunidad es posterior. En el siglo VI. la elección de la comunidad puede significar tan sólo la aceptación por la comunidad de la designación hecha por una autoridad. Las decisiones sinodales de la época dejan libertad para adoptar cualquiera de estas formas. Si S. Benito, si hubiera querido imponer otro sistema, no se lo habría callado y lo habría dejado expuesto con precisión.
Teniendo esto presente, podemos examinar el texto de la Regla. Al determinar que el elegido sea por medio de la elección comunitaria unánime, sea por una parte de la misma con más sano criterio, excluye las otras formas de elección corrientes. S. Benito acepta el método más corriente en la tracción cenobítica. El cenobio entero y unánime solía elegir su nueva cabeza. Esta práctica aprobada por las leyes eclesiásticas y civiles era alegada en ocasiones para rechazar las intromisiones excesivas de algunos obispos.
La RB no ofrece pormenores sobre el mecanismo electoral. Si ninguno de los monjes alcanza el sufragio unánime de la comunidad, sistema preferido, se confía la elección a una parte más autorizada. Lo que resulta imposible  es esclarecer con seguridad quienes eran los que formaba esta sección selecta de electores. Alguno opina que se trata de aquellos con los que el abad anterior había compartido algunos de sus poderes. En el lenguaje de la época era monjes «melioris opinionis»o «séniores consilii»
Lo esencial era que el electo ofrezca garantías, es decir que sea un monje de vida irreprochable y de doctrina segura, aunque ocupe el último lugar en el orden de la comunidad.

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